Las personas Socias Cotitulares, tradicionalmente cónyuge de la persona Titular o conviviente adulta, pueden solicitar intercambiarse con el correspondiente Titular (o crear un nuevo grupo familiar) en cualquier momento que lo deseen.
Tendrán consideración de personas Socias Beneficiarias, los hijos y/o las hijas de hecho o de derecho de un/a Titular o Cotitular. Los hijos y/o las hijas de hecho de una persona Socia de SAN FELIPE al nacer quedan cubiertos de forma gratuita por las prestaciones de SAN FELIPE durante los 2 primeros meses de su vida. Pasado este plazo, para disfrutar de dicha cobertura deben ser inscritos como personas Socias Beneficiarias en SAN FELIPE. Cuando las personas Socias Beneficiarias alcanzan los 40 años de edad están obligadas a modificar su situación a personas Socias Titulares o Cotitulares de un nuevo grupo familiar.